DERECHOS Y DEBERES DE LOS SOCIOS
Toda persona asociada tiene DERECHO a:
- Impugnar los acuerdos y actuaciones contrarios a la Ley de Asociaciones o a los Estatutos, dentro del plazo de cuarenta días naturales, contados a partir de aquel en que la demandante hubiera conocido, o tenido oportunidad de conocer, el contenido del acuerdo impugnado.
- Conocer, en cualquier momento, la identidad de los demás miembros de la Asociación, el estado de cuentas de ingresos y gastos, y el desarrollo de la actividad de ésta. '
- Ejercitar el derecho de voz y voto en las Asambleas Generales, pudiendo conferir, a tal efecto, su representación a otros miembros.
- Participar, de acuerdo con los presentes Estatutos, en los órganos de dirección de la Asociación, siendo elector y elegible para los mismos.
- Figurar en el fichero de Socios previsto en la legislación vigente.
- Poseer un ejemplar de los Estatutos y del Reglamento de Régimen Interior, si lo hubiere, y presentar solicitudes y quejas ante los órganos directivos.
- Participar en los actos sociales colectivos, y disfrutar de los elementos destinados a uso común de los socios (local social, bibliotecas,...) en la forma que, en cada caso, disponga la Junta Directiva.
- Ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias, e informado de las causas que motiven aquéllas, que sólo podrán fundarse en el incumplimiento de sus deberes como socios.